viernes, 7 de septiembre de 2007

El urbanismo divino de Santa Teresa de Jesús

Cualquiera se puede imaginar que el desprecio por los bienes y el mobiliario urbano públicos, la ordenación del territorio, la legalidad urbanística y la convivencia vecinal en pueblos y ciudades de España (y, por extensión cultural, de los países hispanoamericanos) puede ser tan viejo como la profesión más antigua del mundo, pero no hay que remontarse tanto en el tiempo para encontrar un precedente de tales actitudes y actuaciones suficientemente antiguo, pero, además, con pedigrí, con un sorprendente pedigrí, atendiendo tanto al prestigio personal e histórico de nuestra protagonista como a la relación en que incurrió con aquellas actividades.

Allá por la mitad del siglo XVI, Teresa de Ávila, la futura santa, harta de la escasa espiritualidad de la vida en el convento abulense en que hizo sus primeros pasos como monja dentro de la orden de las Carmelitas, así como de la pervivencia dentro de sus muros de las diferencias económicas entre las novicias en función de su origen social, decidió fundar un nuevo convento con el fin de poder poner en práctica una nuevas reglas de convivencia y de devoción, a partir de una base económica tan austera como vivir de las limosnas, en lugar del recurso habitual del mecenazgo de algún personaje ilustre, lo que evitaba la dependencia económica y, con ella, la posible corrupción de las costumbres en la vida cotidiana dentro del recinto religioso.

Pues bien, a través de algunos fieles amigos, comenzó a construir el convento en cuestión (San José). Sin embargo, el "veedor de fuentes" de la ciudad, efectuando una inspección por las calles de Ávila (si hoy una ciudad pequeña, entonces constreñida absolutamente a su casco histórico entre las murallas, en torno a los numerosos edificios religiosos que contenía), detectó que la altura que se proyectaba para el convento en obras acabaría impidiendo la llegada de la luz del sol al acueducto que transportaba el agua hasta las fuentes del centro de la ciudad, de donde se proveían los ciudadanos (las mujeres) para su consumo personal, lo que en una ciudad tan fría (de interior y bastante elevada) helaría el torrente durante gran parte del año, malogrando así el suministro a la población.

De ahí que, a raíz del informe del inspector de aguas, el gobierno municipal (Concejo) hizo detener las obras. Sin embargo, Santa Teresa de Jesús desobedeció la orden municipal y entró a residir en el convento junto a otras seguidoras, pese a que su construcción no estaba finalizada, poniendo en práctica esa costumbre urbanística tan hispana consistente en que para qué solicitar las cosas por la vía legal, siguiendo el procedimiento establecido, civilizadamente, si la medida más eficaz para que te acaben dando la razón es utilizar la vía de los hechos consumados: una vez construida o reformada la casa, ya no echa para atrás las cosas ni Dios (y con la santa éste no iba a hacer nada distinto, ¿verdad?...). Ante los requerimientos legales, ella alegó en su favor y el de su obra que ésta ocasionaría más provecho que daño puesto que se hacía para mayor grandeza de Dios. El Concejo de la ciudad, al no tener competencia para tomar medidas más drásticas contra la pía religiosa, acudió al Consejo Real, en espera de cuya resolución Teresa de Jesús tuvo que irse a vivir a su antiguo convento dado que en el litigioso su integridad peligraba seriamente debido a la presión de la parte de la población de la ciudad más exaltada por la posibilidad de que se quedasen sin agua.

Pasaron los meses sin que el Consejo Real acabara de decidir el pleito, tiempo durante el cual la religiosa, no contenta con no renunciar a sus objetivos, fue adquiriendo los inmuebles colindantes. El gobierno municipal de Ávila, no queriendo o no pudiendo soportar las tremendas cargas económicas que suponía mantener los honorarios de los juristas que habían ejercido y estaban manteniendo la acción legal en representación de la ciudad en la capital (Madrid), desistió del proceso, lo que dejó vía libre a la futura santa para salirse con la suya, en un paralelismo en cuanto a sus efectos (no sé en cuanto a sus intenciones) con las tácticas de los alcaldes marbellíes y de casi cualquier otra localidad costera de España en relación con su Consejo contemporáneo, que no es otro que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de que se trate, que siempre ha tardado varios años en confirmar las sentencias de primera instancia que declaraban ilegales las construcciones denunciadas, y sin haber antes adoptado la medida cautelar de paralizar la obra antes de su conclusión (entre otras razones, por la falta de solicitud de los fiscales), con lo que al final la CC.AA. consideraba que la consecuencia procesal de la decisión final y firme, que era demolir el edificio ilegalmente levantado, conllevaba más perjuicios (la pérdida por parte de los compradores de sus viviendas) que beneficios (la restauración del orden legal quebrantado), por lo que en la ejecución de la sentencia entre la Consejería correspondiente de la CC.AA. y el Tribunal se evitaba la medida más drástica y se acababan regularizando los inmuebles, en un proceso perfectamente previsto por los corruptores (los promotores inmobiliarios) y los corrompidos (los representantes políticos), que de esta forma podían iniciar la tramitación ilegal del procedimiento administrativo, con los hombres de paja que fueran necesarios, sin arriesgar excesivamente.